Compra de vehículos en subasta (II)

Hace algunos años dedicamos un breve artículo a la adquisición de vehículos a través de subasta. Como quiera que, cada cierto tiempo, algunos de nuestros clientes nos preguntan al respecto es por lo que decidimos -con un enfoque distinto al del artículo anterior- redactar algunas líneas sobre este asunto.

Forma parte de la naturaleza humana querer todo a cambio de nada o de muy poco. Pero la sabiduría popular nos recuerda que nadie da duros a cuatro pesetas. Si lo piensa fríamente ¿qué probabilidad hay de que un particular consiga una ganga introduciéndose en un mercado del que apenas sabe nada?. Cuando hablamos de ganga nos referimos a un vehículo que se vende por mucho menos de lo que vale.

Piense que cuando acude a una subasta para pujar por determinado vehículo usted no ha podido probar el coche. Desconoce su estado mecánico. No sabe si ha pasado la ITV. ¿Se ha preocupado de visitar el depósito en el que se encuentra? ¿ha podido, al menos, realizar un examen visual del vehículo? ¿sabe cuánto tiempo lleva sin moverse? ¿tiene claro, tras realizar una previsión prudente, cuál será el precio final del producto que adquiere? Una parte -no desdeñable- de los vehículos ofertados en subasta son mercancía dañada.

Incluso los profesionales de las subastas reconocen que no todas sus adquisiciones son rentables. Si eso le sucede a alguien que cuenta con la experiencia de cientos de horas dedicados a lidiar con los entresijos de este mercado, con conocimientos de mecánica de automóviles amén de su práctica habitual y contactos en los organismos y plataformas que instrumentan este mecanismo y disponiendo de medios económicos suficientes para adquirir vehículos por lotes, ¿piensa que a usted le irá mejor con un presupuesto limitado y sin experiencia previa?

No somos expertos en este campo pero nuestra opinión es que salvo que usted pretenda dirigir sus esfuerzos a especializarse en las subastas no recomendamos su incursión en las mismas. Hay excelentes profesionales, tanto en compraventas como en concesionarios que, por un precio, le ofrecerán vehículos revisados con su garantía correspondiente y con posibilidades de financiación. Podrá probar el vehículo, revisarlo y hacer todas las preguntas sobre el mismo que estime convenientes. Inicialmente pagará más por ese vehículo pero eso no significa que sea más caro que la supuesta ganga.

Si pese a nuestro consejo desea informarse sobre esta opción le recomendamos que empiece por leer la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil en la parte que nos afecta y que ha sido modificada, entre otras, por la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil la cual modifica la totalidad del procedimiento de subasta, tanto para bienes muebles como para inmuebles, adaptando el mismo al sistema electrónico . La subasta electrónica presenta ventajas, ya que permite multiplicar la publicidad de los procedimientos, facilitar más información tanto de la subasta como del bien y, no menos importante, pujar casi en cualquier momento y desde cualquier lugar.

Gestoría Crego
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