Permisos temporales para uso de empresas relacionadas con el vehículo (placas rojas)

Se distinguen dos tipos principalmente:

Para vehículos no matriculados.

Estos permisos pueden ser solicitados por los fabricantes, importadores, carroceros, vendedores o distribuidores de vehículos con establecimiento abierto en España para esta actividad.

Deben solicitarse en la provincia del domicilio de la empresa, y permite transitar por el territorio nacional con vehículos no matriculados definitivamente para realizar pruebas, ensayos, transportes o exhibiciones  con personal técnico o con personas interesadas en su adquisición.

El modelo del permiso temporal de circulación  es una cartulina de color rosa, en la que constará: matrícula, nombre ó razón social del titular, domicilio y plazo de validez. Estos permisos tendrán una validez de un año improrrogable.

Las placas de matrícula tienen el fondo de color rojo retrorreflectante y los caracteres en relieve de color blanco mate.

Los conductores amparados por estos permisos temporales, deberán llevar con carácter preceptivo, además del permiso temporal, el correspondiente boletín de circulación. El boletín se integrará en libros-talonario foliados y reconocidos por la Jefatura de Tráfico que expidió el permiso al que correspondan.

Los vehículos sólo pueden ser ocupados por la persona o personas compradoras o que pertenezcan a la entidad que pretenda adquirirlos o por los técnicos o mecánicos del constructor o vendedor, siempre que documentalmente se acrediten dichas circunstancias o se haga constar así en el correspondiente boletín y no rebasen el número de tres, excluido el conductor.

Para vehículos matriculados.

Estos permisos pueden ser solicitados por las empresas que se dedican  a la venta de vehículos con establecimiento abierto en España para esta actividad. Podrán obtener de la Jefatura de Tráfico de la provincia en que tengan su domicilio legal, estos permisos temporales que habilitarán a sus vehículos matriculados en España y dados de baja temporal por transmisión para circular por el territorio nacional, siempre que se trate de realizar pruebas con terceras personas interesadas en su adquisición.

Al estar ya matriculados los vehículos los conductores que circulen con estos permisos deberán llevar, además, la tarjeta de inspección técnica del vehículo con el reconocimiento en vigor o el certificado de características. También deberán llevar el correspondiente boletín de circulación.